El pasado 4 de noviembre de 2025, tras la reunión del Gabinete tailandés, el gobierno tailandés anunció la aprobación y respaldo de la propuesta presentada por el Ministerio de Justicia relativa a la autorización para firmar el borrador del Tratado de Extradición de la ASEAN y proceder a su implementación.
El 14 de noviembre de 2025, Tailandia se adhirió al Tratado de Extradición de la ASEAN, firmado en Manila, República de Filipinas, junto con los demás Estados miembros de la ASEAN: Brunéi Darussalam, el Reino de Camboya, la República de Indonesia, la República Democrática Popular Lao, Malasia, la República de la Unión de Myanmar, la República de Filipinas, la República de Singapur, el Reino de Tailandia, la República Democrática de Timor-Leste y la República Socialista de Vietnam.
El despacho de abogados en Tailandia H&P ha preparado un breve resumen de los efectos jurídicos del tratado de extradición de la ASEAN como punto de partida, ya que la mayoría de los casos que hemos gestionado anteriormente se referían a notificaciones rojas de Interpol, solicitudes de extradición de gobiernos extranjeros y deportaciones que ocultan extradiciones en Tailandia.
Actualmente, Tailandia es parte de tratados bilaterales de extradición únicamente con algunos Estados miembros de la ASEAN. Actualmente, la propia ASEAN no cuenta con un tratado multilateral de extradición que facilite la cooperación en la lucha contra la delincuencia transnacional en la región. Reconociendo esta cuestión, la ASEAN y el Gabinete han iniciado la redacción del Tratado de Extradición de la ASEAN entre sus Estados miembros.
El punto clave del proyecto de tratado se refiere a los principios de cooperación en materia de extradición entre los Estados miembros de la ASEAN. Su marco es similar al de los tratados bilaterales de extradición vigentes que Tailandia ha suscrito con otros países.
En virtud de este tratado, un Estado miembro puede solicitar la extradición de un presunto delincuente de otro Estado miembro o, a la inversa, otros Estados miembros pueden solicitar a Tailandia la extradición de un delincuente.
La disposición principal especifica que el tratado se aplicará a las solicitudes de extradición, incluidas las solicitudes de arresto provisional, presentadas después de su entrada en vigor, independientemente de la fecha en que se cometió el delito. La persona buscada debe estar acusada o condenada por un delito punible con pena de prisión o privación de libertad de al menos un año.
En los casos en que la solicitud se refiera a la ejecución de una condena, deben quedar al menos seis meses de la misma por cumplir.
Tras la firma del tratado por los miembros de la ASEAN en Manila, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Asuntos Exteriores notificarán a la Secretaría de la ASEAN que Tailandia ha completado todos los trámites legales internos necesarios para su entrada en vigor. El tratado entrará en vigor 30 días después de que al menos seis Estados miembros de la ASEAN hayan informado a la Secretaría de la ASEAN de su entrada en vigor en sus respectivas jurisdicciones, de conformidad con el artículo 29, párrafo 2, del tratado.
Además, si fuera necesario realizar modificaciones no sustanciales al borrador del tratado antes de la firma, el Ministerio de Justicia podrá proceder a dichas revisiones sin necesidad de solicitar la aprobación del Gabinete. Las obligaciones que vinculan a las partes firmantes del tratado son las siguientes:
Según el Artículo 2 del Tratado de Extradición de la ASEAN, un delito que da lugar a extradición es aquel que se castiga tanto en la Parte requirente como en la Parte requerida con pena de prisión o privación de libertad de al menos un año (o dos años, si así lo exige la Parte requerida), o con una pena más severa. La extradición también podrá concederse cuando queden por cumplir al menos seis meses de la condena vigente. La conducta debe constituir un delito según las leyes de ambas Partes, y la extradición podrá concederse por delitos adicionales que cumplan el requisito de doble incriminación, incluso si no cumplen independientemente el umbral de la pena mínima, siempre que la persona sea extraditada por al menos un delito que cumpla los requisitos.
Cada Parte del Tratado debe designar una Autoridad Central o Autoridad Competente responsable de la tramitación de las solicitudes de extradición, notificar dicha designación al Secretario General de la ASEAN al depositar su instrumento de ratificación, aceptación o aprobación, e informarle posteriormente de cualquier cambio o actualización para que todas las Partes puedan ser notificadas con prontitud.
Sin embargo, la extradición en virtud del presente Tratado no se concederá en diversas circunstancias, como si el delito se considera de naturaleza política, si la persona requerida ya ha sido condenada, sancionada, indultada o absuelta por el mismo acto, si la persona se enfrentaría a un tribunal establecido en circunstancias excepcionales, o si el delito es puramente militar según la legislación de la Parte Requerida.
La extradición también podrá denegarse si existen motivos fundados para creer que la solicitud tiene por objeto procesar o castigar a la persona por motivos de raza, religión, nacionalidad, origen étnico, sexo, condición social u opiniones políticas, o si la persona no recibiría las garantías mínimas de un juicio justo.
La extradición puede ser retenida si la persona fue condenada en ausencia sin la oportunidad de estar presente o representada, si se aplica inmunidad bajo las leyes de la Parte Requirente o si existen preocupaciones de persecución o deshonestidad.
En particular, delitos como los crímenes contra jefes de Estado, los delitos violentos, los delitos relacionados con el terrorismo o los actos contemplados en tratados multilaterales generalmente no se consideran delitos políticos, y la determinación de si un delito es político recae en la Parte Requerida.
La extradición puede denegarse en virtud de este Tratado en diversas circunstancias, incluyendo si la entrega de la persona requerida afectaría significativamente la seguridad nacional o las relaciones exteriores de la Parte Requerida, si no se han incoado o no se incoarán procedimientos por el delito, o si el delito se cometió total o parcialmente dentro del territorio de la Parte Requerida sin causar perjuicio a la Parte Requirente.
La extradición también puede denegarse si la persona fuera juzgada por un tribunal que aplique leyes religiosas o consuetudinarias, si el acto queda fuera de la jurisdicción de la Parte Requerida, si la persona está siendo investigada o cumpliendo condena en la Parte Requerida, o si la entrega violaría obligaciones internacionales.
Además, la extradición puede denegarse por haber transcurrido un tiempo considerable desde el delito, si es incompatible con consideraciones humanitarias como la edad o la salud, o si la pena solicitada no está reconocida en la legislación de la Parte Requerida, salvo acuerdo en contrario.
Actualmente, dado que Tailandia se ha adherido al Tratado de Extradición de la ASEAN, este debe incorporarse a la legislación nacional. Dado que Tailandia sigue un sistema de derecho civil, el Tratado debe ser promulgado por el Parlamento antes de que pueda entrar en vigor a nivel nacional.
Además, si fuera necesario realizar modificaciones no sustanciales al borrador del tratado antes de la firma, el Ministerio de Justicia podrá proceder a dichas revisiones sin necesidad de solicitar la aprobación del Gabinete.
El Tratado de Extradición de la ASEAN formará parte próximamente del marco regulatorio de las extradiciones en Tailandia, que ya incluye:
– Ley de Extradición de Tailandia, E.B. 2511 (2008).
– Tratado de Asistencia Legal Mutua en Materia Penal, 1992 (MLAT).
-Acuerdos bilaterales de extradición con 14 países, como Estados Unidos, Ucrania, Bélgica, Reino Unido, Sri Lanka, Canadá, Francia, Noruega, China, Corea del Sur, India, Polonia, Perú, Australia, Rusia, Malasia, Filipinas, Laos, Indonesia, Hungría, Fiyi, Camboya y Bangladés.
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